La provincia norteña ya sancionó una Ley que impulsará proyectos de energía solar y ahora trabaja para reglamentar, en el corto plazo, tres aspectos considerados fundamentales para alcanzar los objetivos que contempla la Ley. ¿Cuáles son y de qué se trata? El documento completo.
El
22 de enero pasado, la legislatura jujeña sancionó la Ley de Promoción y
Desarrollo de Energía Solar (N° 5.904). Ahora, quien tendrá la tarea de
reglamentarla es la nueva Secretaría de Energía, al mando de Mario Pizarro, junto a la flamante Dirección Provincial de Desarrollo de Energías Renovables y Eficiencia Energética, a cargo de Alejandra Cáu Cattán, una de las redactoras del proyecto.
El documento es categórico al momento de plantear uno de sus objetivos principales: “Esta ley establece como meta incrementar la generación de electricidad a través del aprovechamiento de la energía solar en todas sus formas hasta alcanzar por lo menos el 50% del consumo total de energía eléctrica en la provincia al año 2030”. Además, establece el empleo de la tecnología solar térmica y el consumo eficiente de la energía.
Altas fuentes pertenecientes a la órbita de la Secretaría de Energía provincial confiaron a energiaestrategica.com que en el corto y mediano plazo se aplicarán tres aristas de la Ley: promover el desarrollo emprendimientos solares a gran escala, instalar artefactos solares en edificios y espacios públicos y ejecutar un plan de eficiencia energética en la obra pública y en inmuebles del estado.
En lo que respecta a proyectos de gran escala (que entregarán energía al Sistema Argentino de Interconexión -SADI- y a distintos puntos de la provincia), la Ley señala que “la participación del Estado Provincial en ningún caso podrá será inferior al 51%”, y que será la estatal Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE) la que “quien podrá por sí o asociada a terceros, impulsar y llevar a cabo emprendimientos de generación y comercialización”.
En cuanto a la instalación de equipos solares en edificios y espacios públicos, se prevé la conexión de calefones solares y paneles fotovoltaicos para su provisión de energía térmica y eléctrica limpia.
Finalmente, un plan de eficiencia energética en la obra pública y en inmuebles del estado con el objeto de inculcar el ahorro eléctrico y térmico. Tanto este punto como el anterior se enmarcan dentro del Programa “Jujuy Provincia Solar”.
Si bien la Ley detalla que usuarios particulares podrán inyectar energía limpia a la red, sobre este punto las autoridades todavía no avanzarán ya que las redes son precarias para soportar la medida.
El texto completo
El documento es categórico al momento de plantear uno de sus objetivos principales: “Esta ley establece como meta incrementar la generación de electricidad a través del aprovechamiento de la energía solar en todas sus formas hasta alcanzar por lo menos el 50% del consumo total de energía eléctrica en la provincia al año 2030”. Además, establece el empleo de la tecnología solar térmica y el consumo eficiente de la energía.
Altas fuentes pertenecientes a la órbita de la Secretaría de Energía provincial confiaron a energiaestrategica.com que en el corto y mediano plazo se aplicarán tres aristas de la Ley: promover el desarrollo emprendimientos solares a gran escala, instalar artefactos solares en edificios y espacios públicos y ejecutar un plan de eficiencia energética en la obra pública y en inmuebles del estado.
En lo que respecta a proyectos de gran escala (que entregarán energía al Sistema Argentino de Interconexión -SADI- y a distintos puntos de la provincia), la Ley señala que “la participación del Estado Provincial en ningún caso podrá será inferior al 51%”, y que será la estatal Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE) la que “quien podrá por sí o asociada a terceros, impulsar y llevar a cabo emprendimientos de generación y comercialización”.
En cuanto a la instalación de equipos solares en edificios y espacios públicos, se prevé la conexión de calefones solares y paneles fotovoltaicos para su provisión de energía térmica y eléctrica limpia.
Finalmente, un plan de eficiencia energética en la obra pública y en inmuebles del estado con el objeto de inculcar el ahorro eléctrico y térmico. Tanto este punto como el anterior se enmarcan dentro del Programa “Jujuy Provincia Solar”.
Si bien la Ley detalla que usuarios particulares podrán inyectar energía limpia a la red, sobre este punto las autoridades todavía no avanzarán ya que las redes son precarias para soportar la medida.
El texto completo
FUENTE: http://www.energiaestrategica.com
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