21 puntos por una
JUSTICIA DEMOCRATICA
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9.- Debe establecer estrictas y
claras incompatibilidades personales, profesionales, de intereses y de
conducta, así como la dedicación exclusiva para todos los magistrados y
altos funcionarios judiciales, para los procesos de selección y para el
desempeño del cargo de Consejero.
10.- Debe
impedir la monopolización de los cargos de consejeros por los abogados y
abrir posibilidades a la integración con representantes de otras ramas
de las ciencias, especialmente de las sociales y de la cultura, como
representantes de los distintos grupos electores.
11.-
Debe promover, desde el inicio de la formación profesional y con
énfasis, la preparacion especial y la vocación para ocupar los cargos de
magistr
Desde
un conjunto amplio de organizaciones sociales, judiciales, de derechos
humanos y políticas que venimos trabajando en pos de una verdadera
democratización de la justicia y disentimos respecto del modo que ha
sido encarada por el gobierno nacional, hemos construido –basados en
las diversas luchas populares en este sentido- este manifiesto de 21
puntos para una Justicia Democrática.
1.- La reforma del Poder Judicial debe adecuarse a los mandatos constitucionales que rigen en la Nación Argentina.
2.-
Debe ser objeto de los más amplios y participativos debates, que
favorezcan consensos sólidos, por tratarse de la reforma institucional
más importante en décadas.
3.- Debe ser
elaborada y concretada a favor de los intereses y derechos del pueblo y
no para proteger necesidades y objetivos políticos y económicos
corporativos o sectoriales.
4.- Debe preservar
el principio de separación de los poderes, la independencia y el
ejercicio pleno de su facultad de control constitucional, legal y de
razonabilidad sobre los actos de los otros poderes del Estado. En
consecuencia, debe impedir que estos poderes políticos y partidarios
controlados elijan a los jueces controlantes.
5.-
Debe establecerse un organismo popular asesor del Consejo respetando el
derecho humano a participar directamente en los asuntos públicos.
6.-
Debe someter a los postulados a consejeros a un procedimiento previo de
control público y participativo de idoneidad especial para el cargo de
Consejero, más exigente que el establecido para los candidatos a
magistraturas judiciales.
7.- Debe garantizar la distribución de los cargos de consejeros respetando la igualdad de género.
8.-
Debe promover enfáticamente la vigencia plena de los mecanismos
administrativos y de trabajo
ados.
12.- Debe evitar que la
designación, la remoción y el disciplinamiento de los jueces quede a
merced de intereses oficialistas u opositores.
13.-
Debe permitir la participación de la ciudadanía y de quienes alegan
con verosimilitud ser víctimas de los delitos o faltas en los procesos
disciplinarios o de remoción de los jueces.
14.
Debe establecer plazos estrictos para la ejecución de todos los pasos
en la selección, remoción o sanción, incluyendo el procedimiento ante
el P.E. y el Senado ulterior a la elevación de la terna vinculante, bajo
apercibimiento de publicación por el Consejo, obligatoria y periódica
mientras no se corrija la omisión, del vencimiento de dichos plazos.
Además, debe impedir la manipulación acumulativa de las ternas,
determinar que debe designarse a uno de los ternados para el cargo
concursado.
15.- Debe respetar las facultades
constitucionales del Consejo de la Magistratura para la administración
del Poder Judicial, entre ellas, la de regular el ingreso de
funcionarios y empleados, tal como se llevó a la práctica en el
Ministerio de la Defensa Pública, en ejercicio de potestades propias.
16.-
Debe tomar especialmente en cuenta las experiencias muy diferentes
sobre Consejos de las Magistratura con participación popular y de los
trabajadores judiciales en distintas provincias, a partir del fracaso de
otros desarrollos provinciales en los que prevalecen el factor político
partidario, la ingerencia de los otros poderes del Estado y la
exclusión de otras formas legitimas de participación popular.
17.-
Debe establecer similares regímenes a los destinados a los jueces, para
la selección, remoción y disciplinamiento del Ministerio Publico, dada
su gravitación muy determinante en la administración no democrática de
justicia, su estructura verticalista y cerrada a la participación
popular.
18.- Debe devolver al Poder Judicial
la facultad constitucional exclusiva de investigar imparcialmente la
comisión de los delitos, por separado de su potestad de juzgarlos, y
proveerlo de una Policía Judicial bajo su dirección, desplazando de los
actos investigativos y periciales a todos los organismos dependientes
del Poder Ejecutivo que ejercen indebidamente funciones judiciales.
19.- Debe garantizar no sólo el acceso del pueblo a los tribunales sino también a un proceso y un juicio justos.
20.-
Debe abstenerse de incluir toda norma que recorte directa o
indirectamente la garantía constitucional del amparo contra los
múltiples y constantes actos del Estado que atentan contra los derechos
humanos, o faculten al Estado a reclamar la interrupción, prohibición,
represión o criminalización de huelgas y demás protestas sociales.
21.-
Debe garantizar a todo el sistema judicial la cantidad suficiente de
factores, recursos económicos y edilicios, y los demás medios
imprescindibles para el cumplimiento cabal de sus fines.
Porque
consideramos que tanto el Poder Judicial de la Nación, como los poderes
judiciales del país, están muy lejos de merecer la calificación de
democráticos por la notoria aberración de sus desempeños respecto de la
legalidad democrática.
Porque entre las causas
más importantes que explican esta lamentable característica del Poder
Judicial a todos sus niveles, está la constante presión política
mediatizadora, concretada en leyes de organización y procedimientos
judiciales deficientes, recursos insuficientes e intromisión desmedida
en su administración, plasmada en mecanismos de todo tipo para lograr
jueces complacientes, ataques a jueces independientes y protección a los
malos jueces, entre otras.
Porque
consideramos que hay responsabilidad total o muy alta del poder politico
partidario por la mala calidad de la selección de magistrados desde
mismo origen del Poder Judicial, ya que todos los malos jueces han sido
designados o ratificados bajo ese influjo.
Porque
desde el propio Poder Judicial, existe un alto grado de verticalismo,
generalización del comportamiento corporativo, mala formación jurídica y
moral, insensibilidad social, elitismo y discriminación, abuso de
privilegios, abulia, no compromiso con la legalidad y los derechos
humanos, conducta paternalista y arbitraria, legalmente calificada de
desleal, con el personal de empleados y funcionarios judiciales,
condescendencia con los poderes económicos, políticos y confesionales,
dictado de sentencias y omisiones que privilegian intereses contrarios a
la Nación.
Por todos estos aspectos, opinamos
que las iniciativas para cambiar este Poder Judicial deben partir de la
convicción de que el verdadero Poder Judicial que nos corresponde no
puede surgir de medidas que acentúen las causas de su falta de
independencia e inoperancia en favor del pueblo, o de reformas
contraproducentes o intrascendentes, como las que, salvo excepciones, se
propician desde el gobierno actual. Una vez mas, desde el poder
político, al igual que en las sucesivas leyes orgánicas del Consejo de
la Magistratura se intenta una nueva alquimia para lograr una
magistratura amigable cuando no sumisa, frustrando las expectativas que
despertó la creación constitucional del instituto, a pesar de sus fallas
de origen.
Entendemos que todas las
organizaciones estamos participando activamente ante esta embestida para
frenar una reforma que perjudicará a la mayor parte de nuestra
población y que lejos de significar un avance en nuestro sistema
judicial implica un fuerte retroceso, queremos hacer un aporte a un
conjunto de elementos que conduzcan a un Poder Judicial democrático,
independiente de todos los poderes políticos, económicos y
confesionales, y que sirva al pueblo, que se reflejan en estos 21 puntos
por la JUSTICIA DEMOCRATICA.
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miércoles, 24 de abril de 2013
JUSTICIA DEMOCRATICA
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