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miércoles, 26 de diciembre de 2012

BREVES REFLEXIONES EN TORNO A LA “MISE EN SCÈNE” DE SABBATELLA Y AL “DESBORDE EMOCIONAL” DE ABAL MEDINA.


Muchos kirchneristas tienen ciertos hábitos. Entre otros, la capacidad de acumular riquezas en el ejercicio de la función pública, la manifestación de exabruptos o exclamaciones vulgares y la acumulación de causas penales. 

Por un lado, corresponde descalificar la “puesta en escena” del titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, cuando, acompañado por muchos medios oficialistas, se presentó en la sede del Grupo Clarín para notificar el inicio de un proceso de oficio referido al artículo 161 de la ley de medios.

Tal como lo dejó manifestado el Grupo Clarín, la notificación de la AFSCA resultó ilegal e improcedente, ya que vulneró varias decisiones de la justicia y, además, principios básicos relacionados con los procesos judiciales.

La suspensión de la resolución del juez Alfonso y la ausencia de sentencia definitiva -con autoridad de cosa juzgada-, permiten dejar en evidencia la inconducta de Sabbatella; pretendiendo, como dijimos, iniciar de oficio la transferencia de licencias. 

Asimismo, aquel proceder -espectacularmente mediático y rechazado por el abogado del Grupo, doctor Damián Cassino-, podría quedar atrapado en alguno de los delitos contra la administración pública (artículos 239 –desobediencia- y 248 –abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos- del Código Penal).

Que, por otro lado, resultan inaceptables las manifestaciones del jefe de gabinete; calificando a los señores jueces de cámara, que confirmaron la prórroga de la medida cautelar –causando el fin de la fábula 7D-, como excrementos humanos.

El señor Abal Medina debería tener presente que todos los comentarios y discrepancias se deben expresar dentro de las reglas básicas de educación y buenas costumbres; evitando discursos irrespetuosos e indisimulablemente irónicos.

Ese debe ser el marco de confrontación, invocando un espíritu de sensatez que inhiba la liberación de impulsos impropios; evitando, de tal forma, la eventual configuración de delitos contra el honor (artículos 109 y ss. del Código Penal). 
En el mismo sentido, la confrontación de opiniones y aun la mayor e irreconciliable discrepancia, debe ser expresada con el respeto y la mesura que sólo pueden resultar de un lenguaje correcto, llano y frontal; jamás, sobre la base de un discurso que pretenda antes ridiculizar la decisión que no se comparte, que obtener la rectificación de lo que fundadamente se entiende como equivocado o perfectible. 

Es oportuno recordar, la recomendaciones efectuadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Comunicado de Prensa del 9-3-2010), relacionadas con el debate político acerca de las decisiones de los señores jueces.

Sobre el punto, se indicó que el límite de las críticas es la razonabilidad y el respeto a la garantía de la independencia judicial. También se exhortó, a quienes tienen la responsabilidad de gobierno, a expresarse con mesura y equilibrio, porque respetar la magistratura es la mejor manera de dar tranquilidad a los ciudadanos, de asegurar que sus derechos serán protegidos; recordando que estamos en un estado gobernado por leyes que se aplican a todos por igual.

Finalmente, se reafirmó los objetivos del Preámbulo de la Constitución Nacional, que demanda afianzar la justicia y la paz social para todos los argentinos, para lo cual resulta indispensable recurrir al diálogo institucional.

¿Cuál será el “mágico néctar” que genera, no sólo cambiar abruptamente de partido político, sino también actuar para complacer a la jefa política?

Agustín M. Valotta
Profesor Adjunto
Facultad de Derecho – UBA
Precandidato Legislador Porteño 2013 - UCR

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