El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) de Mendoza detalla que los usuarios con suministro en baja tensión
podrán conectar Equipamiento de Generación con potencia nominal menor a
300 Kw. Así, la provincia del cuyo es la tercera en reglamentar su
legislación, después de Santa Fe y Salta.
Los mendocinos ya podrán inyectar
energía limpia a la red de media y baja tensión para que su aporte
comience a ser resarcido en la tarifa eléctrica, según la
reglamentación. Por ello, las distribuidoras eléctricas que operan en la
provincia tiene todo listo para arrancar con esta nueva modalidad, ya
que tras un período de adecuación según establece la ley, las partes
intervinientes, tanto el Ministerio de Energía, el EPRE, empresas
distribuidoras y en este caso se sumó el Consejo de Ingenieros de
Mendoza, se comprometieron a dar alcance sobre la nueva normativa y
llevar adelante este promisorio sistema eléctrico.
Este proceso histórico, marca a Mendoza como la tercera provincia del
país, junto a Santa Fe y Salta, en reglamentar una ley provincial que
le permita a la ciudadanía volcar energía limpia generada por medio de
fuentes de energía renovable a la red de media y baja tensión y
reconocerle lo aportado dentro de la tarifa eléctrica.
El convenio firmado apunta a establecer relaciones con los técnicos
del Consejo de Ingenieros de Mendoza y las autoridades del Ministerio de
Energía, junto a otros organismos competentes de la provincia, en
especial el EPRE, para promover, contribuir y facilitar el estudio y
aplicación de la normativa relacionada con la energía eléctrica y la
Ingeniería en general.
La GD, también se la conoce como “generación in situ”, ya que existe
una descentralización de la energía necesaria para un lugar determinado o
una vivienda específica y consiste básicamente en la generación de
energía eléctrica por medio de numerosas fuentes de energía de tamaño
reducido, en lugares próximos a las posibles cargas. Es decir, que es
aquella que se conecta a la red de distribución de energía eléctrica y
que se caracteriza por encontrarse instalada en puntos cercanos al
consumo.
Por la resolución del EPRE, se detalla que “los usuarios con suministro en baja tensión no podrán conectar EG –Equipamiento de Generación, es decir, la fuente con la que el usuario pretenda volcar la energía a la red- con
potencia nominal mayor que 300 Kw. La generación para todas las
potencias debe ser trifásica y menor o igual a 3,7 Kw por hora”.
Mediante el Ministerio de Energía, empresas distribuidoras serán las
encargadas de permitir y facilitar a los usuarios las conexiones de los
equipamientos de generación de energía a las redes. Del mismo modo,
deberán advertir a los usuarios sobre las normas de seguridad con las
que deberán manejarse, de no ser respetadas, podrían dañarse las líneas y
los clientes ser penados. En cada caso, se establecerán Contratos de
Conexión particulares entre las empresas distribuidoras de energía
eléctrica y los usuarios que pretendan hacer el vuelque.articulares
entre las empresas distribuidoras de energía eléctrica y los usuarios
que pretendan hacer el vuelque.
FUENTE: http://www.energiaestrategica.com
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